
El seguro de daños y la hipoteca: qué puede exigirte el banco
<p>Cuando pides una hipoteca, el banco casi siempre te pide que contrates algún seguro sobre la vivienda. Es una práctica tan habitual que mucha gente da por hecho que es obligatorio tener un seguro de hogar completo para que te concedan el préstamo. La realidad, según la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), es más matizada: hay una parte que el banco puede exigir de verdad, y otra que solo puede ofrecer.</p>
<h2>Lo único obligatorio: el seguro de daños sobre el inmueble</h2>
<p>La entidad puede exigirte, como condición del préstamo, un <strong>seguro de daños</strong> que cubra el continente de la vivienda —es decir, la estructura: incendio, elementos naturales y otros daños sobre el edificio— por un importe que normalmente coincide con el valor de tasación, descontado el valor del suelo. Esta póliza no incluye el contenido (muebles, electrodomésticos) ni coberturas como el robo, que forman parte de un seguro de hogar completo pero no son exigibles para la hipoteca.</p>
<h2>Lo que el banco no puede imponerte</h2>
<p>La LCCI prohíbe la llamada "venta vinculada": la entidad no puede obligarte a contratar con ella productos adicionales como un seguro de hogar completo, un seguro de vida o tarjetas, ni condicionar la aprobación de la hipoteca a ello. Sí puede ofrecerte esos productos como "venta combinada", a cambio de una rebaja en el diferencial, pero en ese caso tiene que explicarte con claridad cuánto pagarías con y sin esos productos, para que puedas comparar.</p>
<h2>Puedes traer tu propio seguro</h2>
<p>Si decides contratar el seguro de daños con tu propia aseguradora en lugar de la que te ofrece el banco, la entidad está obligada a aceptar cualquier póliza alternativa que ofrezca coberturas equivalentes a las suyas, tanto al firmar la hipoteca como en cada renovación anual. No puede cobrarte por analizar esa póliza ni empeorar las condiciones del préstamo por no contratar la suya.</p>
<h2>La letra pequeña de las bonificaciones</h2>
<p>En la práctica, muchas hipotecas a tipo variable incluyen una bonificación en el diferencial si contratas seguro de hogar (y a veces de vida) con el propio banco. En ese caso no es obligatorio, pero cancelarlo más adelante puede hacerte perder esa rebaja y subir la cuota. Antes de firmar, conviene pedir por escrito cuánto sube el interés sin cada producto vinculado, para decidir con números reales si te compensa.</p>
<h2>Recomendación práctica</h2>
<p>Antes de firmar, pide a la entidad el desglose de condiciones con y sin los seguros ofrecidos, y compara el coste de su seguro de daños con el de otras aseguradoras para una cobertura equivalente. Tienes derecho a elegir, siempre que la póliza cubra lo mismo que exige el banco.</p>