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10 de octubre de 2026

El ITP también se paga al alquilar una vivienda en Cádiz: lo que debes saber

<p>Si vas a alquilar una vivienda en la provincia de Cádiz, hay una obligación fiscal que mucha gente desconoce: los contratos de arrendamiento están sujetos al <strong>Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)</strong>, y es el inquilino quien debe liquidarlo.</p><h2>Por qué se paga ITP al alquilar</h2><p>La Ley del ITP y AJD considera los arrendamientos de inmuebles como un hecho imponible dentro de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. No se trata de una tasa inventada ni de letra pequeña reciente: es una obligación que existe desde hace décadas, aunque durante años se aplicó con poco rigor y muchos inquilinos nunca llegaron a conocerla.</p><h2>Cómo se calcula</h2><p>La base imponible no es la mensualidad, sino el <strong>importe total de la renta durante toda la vigencia del contrato</strong>: si el contrato no fija una duración, la normativa toma como referencia un número de años determinado para el cálculo. Sobre esa base se aplica la tarifa vigente, que puede variar según la comunidad autónoma. Dado que las escalas y tramos se actualizan con cierta frecuencia, lo más fiable es consultar el importe exacto con la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) o con tu gestoría en el momento de firmar, en lugar de guiarte por cifras de artículos antiguos.</p><h2>Cómo y cuándo se liquida</h2><p>El impuesto se autoliquida con el <strong>modelo 600</strong>, dentro de los <strong>30 días hábiles</strong> siguientes a la firma del contrato, bien de forma telemática en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía, bien de forma presencial en las gerencias provinciales o en las oficinas liquidadoras del distrito hipotecario correspondiente al municipio donde esté la vivienda.</p><h2>Qué pasa si no se paga</h2><p>El sujeto pasivo del impuesto es el inquilino, pero el propietario puede verse afectado: si cobra la primera mensualidad sin exigir el justificante de haber liquidado el ITP, puede llegar a ser considerado <strong>responsable subsidiario</strong> del pago si después el inquilino no lo abona. Además, el cruce de datos entre los contratos de alquiler declarados (por ejemplo, en la declaración de la renta del propietario) y los registros fiscales ha hecho que las comunidades autónomas detecten con más facilidad los contratos sin liquidar.</p><h2>Recomendación práctica</h2><p>Tanto si alquilas una vivienda en Algeciras, La Línea, San Roque o cualquier otro municipio del Campo de Gibraltar, como en el resto de la provincia, conviene informar a ambas partes de esta obligación antes de firmar, y dejar constancia de la liquidación del modelo 600 junto con el resto de la documentación del contrato.</p>